La Tarjeta Sanitaria Europea

La Tarjeta Sanitaria Europea

Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia.

Cada Estado miembro es responsable de la producción y la distribución de la tarjeta europea en su territorio y su período de validez viene determinado por la institución que la expide.

El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.
La asistencia sanitaria se recibirá en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza.

Cuándo es válida
Se recuerda que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida si el motivo por el que se desplaza a otro Estado es recibir un tratamiento médico específico.

Cómo se obtiene
Para su obtención debe personarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, donde le será emitida en el acto, previa identificación personal.

Qué es el Certificado Provisional Sustitutorio
Si usted no ha podido obtener la Tarjeta Sanitaria Europea, podrá solicitar a través de esta Oficina Virtual de la Seguridad Social un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS).
Este certificado es individual y acredita el derecho de su titular a recibir prestaciones sanitarias en las mismas condiciones que la TSE, desde el inicio hasta el fin de su validez.

Fuente: www.seg-social.es

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